La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento de acuerdo con lo establecido en la Instrucción 8.1.1 de la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal (BOE 02/05/2020 - última actualización 08/02/2023).
Sirve para los casos en los que no es válido el volante de empadronamiento, en los que se específica que debe de ser necesariamente certificado, aunque el certificado de empadronamiento puede aportarse válidamente en todos los procedimientos administrativos tramitados en cualquier Administración Pública, independientemente de que dicha Administración exija al ciudadano la presentación de un certificado o de un volante.
Personas físicas residentes o que hayan residido en el Municipio de Caravaca de la Cruz.
Estadística y Padrón Municipal.
Este procedimiento tiene coste de 6€ para el ciudadano. La pasarela de pago admite tarjeta bancaria y Bizum.